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Razones Constitucionales por las cuales, Rocío Nahle no puede ser legalmente, Gobernador de Veracruz

Capitulo Primero

A. Rocío Nalhe no puede ser Gobernadora y esto obedece a la tradición Constitucional y al espíritu del Legislador del Estado de Veracruz.

Desde la Constitución que fue promulgada el dieciséis de septiembre de mil novecientos diecisiete, en su artículo 83 fracción I, decía que el primer requisito para ser Gobernador, era ser ciudadano Veracruzano, nativo del Estado en ejercicio de sus derechos y con residencia efectiva en Veracruz no menor a cinco años anteriores a la fecha de la elección.

B. Además definía en su artículo 13, que los Veracruzanos por nacimiento son aquellos nacidos en el territorio del Estado. O, que fueran hijos de padre o madre Veracruzanos y que hubieren nacido «accidentalmente» fuera del Estado de Veracruz, pero dentro del Territorio Nacional.

C. En nuestra Constitución vigente, que fue promulgada el día tres de febrero del año 2000, define en su artículo 11, que son Veracruzanos los nacidos en el Territorio del Estado;  y, los hijos de padre y madre Veracruzanos, pero que hubieren nacido dentro del Territorio Nacional.

D. Dentro de los requisitos para ser Gobernador, contenidos en el artículo 43, de nuestra Constitución vigente, establece que para ser Gobernador es esencialmente necesario, ser Veracruzano en el pleno ejercicio de sus derechos.

E. Por esa razón jurídica e histórico – legislativa, hace imposible la candidatura de Rocío Nalhe para ser Gobernador de Veracruz.

F. En contrario sensu, en la Constitución vigente de Zacatecas, promulgada en el año 1998, define en su artículo 12, que son Zacatecanos los nacidos en el Territorio del Estado; y, los hijos de padre y madre Zacatenanos, pero que hubieren nacido dentro del Territorio Nacional.

G. Ahora bien, de los requisitos para ser Gobernador en Zacatecas están contenidos en el artículo 75, y de ahí destacamos su fracción II, en su Constitución vigente, que establece que para ser Gobernador es esencialmente necesario, ser Zacatecano en el pleno ejercicio de sus derechos o tener una Declaración Expresa de la Legislatura Local.

H. Por esas razones jurídica e histórico – legislativa, además del estudio Constitucional Comparado, hace imposible legalmente la candidatura de una Zacatecana, como lo es Rocío Nalhe, para ser Gobernador de Veracruz.

Elaboró:

Fidel Guillermo Ordóñez Solana, Abogado Constitucionalista. Pánuco uno fraccionamiento Veracruz, entre avenida Manuel Ávila Camacho y Paseo de las Palmas, teléfonos oficina 2288403567 y 2288403568. Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave. México.

Facebook: Fidel Guillermo Ordóñez Solana.